sábado, 9 de febrero de 2013


SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL
Seminario 2: IRPF: Residencia y exenciones
1. Supuesto de hecho

Supuesto 1
D. Pedro Martínez es auditor en la filial española de una importante multinacional y
reside en España desde 2005. En el año 2012 permaneció en España con excepción de
los siguientes desplazamientos que realizó: En enero acudió a unas conferencias en
Viena durante una semana; en marzo estuvo durante 30 días realizando una auditoría a
una empresa en Bahamas; en junio estuvo 15 días en Portugal auditando a una filial
portuguesa; entre julio y agosto pasó 7 semanas de vacaciones en la Riviera Maya.
Además a partir del 1 de octubre comenzó a vivir en Miami al enviarle su empresa a
realizar diversas tareas en EEUU con carácter indefinido.

Supuesto 2
La sra. Fernández es tenista profesional de nacionalidad española. Como consecuencia
de su participación en el circuito internacional de tenis, en el año 2012 estuvo 120 días
en España y 183 en Dinamarca, países ambos donde tiene inmuebles a su disposición,
pasando el resto del año en diversos países al participar en diversos torneos. Durante
este año ha obtenido las siguientes rentas: 30.000 Euros en premios que fueron pagados
a TENIS, SAU; sociedad española de la cual la sra. Fernández es única accionista y que
fueron objeto de distribución en el mismo ejercicio; 40.000 euros procedentes de su
principal patrocinador, una empresa danesa; 20.000 euros procedentes del
arrendamiento de unos inmuebles que tiene en la Costa Brava y 10.000 euros
procedentes de patrocinadores ingleses.

Supuesto 3
D. Patricio Yokohama, ciudadano japonés, reside en España desde 2001. En 2012
decidió desplazar su residencia a las islas Salomón para prestar servicios de
asesoramiento financiero, desplazándose efectivamente a dicho territorio el 3 de marzo.
Las autoridades fiscales de dicho territorio expidieron el correspondiente certificado de
residencia fiscal.

Supuesto 4
El sr. Aladeen considera que es residente en el estado de Wadiya y no en España a pesar
de no disponer de un certificado de residencia expedido por las autoridades de dicho
territorio. A tales efectos deben destacarse los siguientes aspectos fácticos. El sr.
Aladeen no ha pasado más de 183 días en territorio español. Su esposa reside en
Málaga, donde el matrimonio tiene un inmueble. Su hijo mayor (18 años) pasa la mayor
parte del año en Reino Unido donde cursa sus estudios universitarios. Su hijo menor
convive con la esposa del sr. Aladeen.

Supuesto 5
Dña. Rosa, residente en España, ha percibido las siguientes rentas durante el año 2013:
10.000 euros que ganó trabajando 3 meses en un restaurante en Londres; 5.000 euros
que ganó trabajando 2 meses en un restaurante en Lima; 1.000 de un premio de la
Quiniela; 250 euros por participar en el certamen joven investigador de la Revista
Jurídica de la UAM y 2.000 euros de una beca concedida por el Colegio de Abogados
de Madrid para cursar sus estudios del grado en Derecho.

Supuesto 6
D. Fermín trabaja en un despacho de abogados madrileño. En 2012 sus retribuciones
brutas ascendieron a 48.000 euros. Ese mismo año su despacho le mandó durante 60
días a Francia para realizar labores de asesoramiento a favor de una sociedad francesa.

2. Cuestiones

Supuesto 1
– Determine si D. Pedro es residente en España en el año 2012.
Segun los articulos 8 LLIRPF sobre los contribuyentes, Son contribuyentes por este impuesto, segun su apartado a) Las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español; y segun el artículo 9. son Contribuyentes los que tienen su residencia habitual en territorio español. Se entenderá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias, ene ste caso, su apartado b), que dice que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.

Supuesto 2
– Determine si la sra. Fernández es residente en España en 2012: sí es residente en España en 2012 segun el Artículo 9 LIRPF, que en su apartado 1.b), regula que se entenderá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias, en este caso el apartado b), que indica aaquellos casos en que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.

Por el dienro de patrocinadores y el premio:

Artículo 4. Exención de las ayudas a los deportistas de alto nivel. 

Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

A efectos de lo previsto en el artículo 7.m de la Ley del Impuesto, estarán exentas, con el límite de 60.100 euros anuales, las ayudas económicas de formación y tecnificación deportiva que cumplan los siguientes requisitos:
  1. Que sus beneficiarios tengan reconocida la condición de deportistas de alto nivel, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1467/1997, de 19 de septiembre, sobre deportistas de alto nivel.
  2. Que sean financiadas, directa o indirectamente, por el Consejo Superior de Deportes, por la Asociación de Deportes Olímpicos, por el Comité Olímpico Español o por el Comité Paralímpico Español.


1. Se considerarán elementos patrimoniales afectos a una actividad económica desarrollada por el contribuyente, con independencia de que su titularidad, en caso de matrimonio, resulte común a ambos cónyuges, los siguientes:
  1. Los bienes inmuebles en los que se desarrolle la actividad.

– Si en lugar de Dinamarca, hubiera residido en Italia durante más de 183 días (siendo
considerada por Italia como residente en dicho estado) y el patrocinador principal
fuera igualmente italiano, ¿cambiaría la respuesta?: No, porque sus negocios se hallan en España segun el art. 9.1.b) LIRPF

Supuesto 3
– Determine si Patricio Yokohama es residente en España en 2012. ¿Cambiaría la
respuesta si fuera nacional español? Segun el art. 1.29

Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinan los países o territorios a que se refieren los artículos 2, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, hay convenio con las islas salomon

Segun el Artículo 9. LIRPF Contribuyentes que tienen su residencia habitual en territorio español.
1. Se entenderá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:
  1. Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas, salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios considerados como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en éste durante 183 días en el año natural. NO, porque no pasa mas de 183 dias durante el año 2012 en españa teniendo su residencia habitual en tal pais hasta ese mometno. ademas, que existiendo convenio con las islas salomon, no cabria doble imposicion. Ademas, auqnue volviese a españa, podia alegar, segun el art. 9.1.a) LIRPF, par ano contribuir, el papel de expediente fiscal de las islas salomon

    Enc aos de que fuera español, si, cmabiaria, ya que en ese caos, seguiria tributando, segun el Artículo 8. Contribuyentes.
    2. No perderán la condición de contribuyentes por este impuesto las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio considerado como paraíso fiscal. Esta regla se aplicará en el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.

Supuesto 4
– ¿Es residente en España el sr. Aladeen? ¿Cambiaría su respuesta si el sr. Aladeen
tuviera otro hijo menor que fuera residente en Wadiya? ¿Y si el sr. Aladeen tuviera
un certificado de residencia en Wadiya?

Por una aprte, no, no es residente segun el art. 10 LIRPF,pero por otra, segun el Artículo 82. LIRPF sobre Tributación conjunta, en su apartado 1, que dice que Podrán tributar conjuntamente las personas que formen parte de alguna de las siguientes modalidades de unidad familiar: la integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera, los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos y/o los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.

No, no cmabairia, porque no estan separados, o por lo menos es lo que da a entender el caso. En caso de estar separados,si, cambiaria mi repsuesta, porque segun el apartado 1.2 del mismo articulo, que dice que en los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1 de este artículo.

En ese caso,  tributaria seegun el art 8.2 LIRPF si tiene la naiconaldiad española y adema spor la tributacion conjutna del art. 82


Supuesto 5
– Determine qué rentas obtenidas por Rosa están efectivamente gravadas en IRPF.

Supuesto 6
– ¿Está exenta en IRPF la totalidad o parte del salario obtenido por Fermín?


segun el Artículo 24. Atribución de rentas del real decreto 439/2007: A efectos de determinar el resultado de las actividades económicas de las entidades a que se refiere el artículo 87 de la Ley del Impuesto, el importe neto de la cifra de negocios previsto en el artículo 108 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, tendrá en cuenta exclusivamente el conjunto de las actividades económicas ejercidas por dichas entidades en territorio español, pero por otro lado, segun el art. 9.1.b) LIRPF, no, ya que se entenderá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias: que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta. Pero segun el artículo 6 Real Decreto 439/2007 sobre Exención de los rendimientos percibidos por trabajos realizados en el extranjero, en su apartado 1, que dice que estarán exentos del Impuesto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.p de la Ley del Impuesto, los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, cuando concurran los siguientes requisitos: que dichos trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero. En particular, cuando la entidad destinataria de los trabajos esté vinculada con la entidad empleadora del trabajador o con aquella en la que preste sus servicios; y/o que en el territorio en que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la de este Impuesto y no se trate de un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. .


3. Materiales
– Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF
– Reglamento del IRPF, RD 439/2007, de 30 de marzo.
– Real Decreto 1080/1991.
– Listado de países y territorio con los que España ha suscrito Convenios de doble
Imposición y Acuerdos de Intercambio de Información en materia tributaria,
disponible en:
http://www.minhap.gob.es/es-
ES/Normativa%20y%20doctrina/Normativa/Paginas/ListadoNormas.aspx
– Sentencia del Tribunal Supremo de 13/10/2011 (rec. 2283/2008)
– Consulta vinculante de la Dirección General de Tributos V2535-11 (24/10/2011)

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