lunes, 25 de abril de 2016

Ética y deontología Publica: PEC 2016

Os dejo la PEC de esta asignatura del 25 de abril del 2016 del Grado Ciencias jurídica de la administración publica:
PEC
CURSO 2015 2016
COMENTARIO CÓDIGO DEONTOLÓGICO

Texto para el comentario:
“El personal penitenciario desarrollará su actividad con las garantías y dentro de los límites establecidos por la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico.
La actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso, la dignidad humana de las personas recluidas, cuyos derechos e intereses solo podrán ser restringidos en lo que dispongan las leyes y las sentencias judiciales.” Art. 5 del Código Deontológico de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

Lea despacio el texto y responda a estas preguntas en hoja a parte:


1-     ¿Es lo mismo el cumplimiento de la legalidad que adoptar un comportamiento ético? Explíquelo.

No, porque las leyes son de obligado cumplimiento para todos y están consensuadas por toda la sociedad mediante la democracia y la participación ciudadana. Mientras que el comportamiento ético (entendiéndolo como sinónimo de moral, como se indica en el capitulo uno del libro recomendado para el estudio de esta asignatura) implica un conjunto de valores, que en cada persona son distintos a las de las demás. Existen grupos de valores y opiniones compartidos, en su mayor parte, por grupos de personas, pero, como indico, con ciertas diferencias entre ellas en la aplicación de esos valores por su diferente concepción de la vida.

La legalidad implica un acuerdo para la convivencia social. Las normas del ordenamiento jurídico son mandatos de obligado cumplimiento a toda la sociedad en general sin excepciones y son derivaciones concretas de los valores y principios que se comparten en una sociedad, los cuales son generales y ambiguos y sirven de guían en la aplicación de las normas.

Debemos indicar que los comportamientos éticos forman parte de la intimidad de una persona y el modelo a seguir en su conducta social y el objetivo de su vida. Pero que no pueden imponérselo a los demás. El origen de la moral es distinto en cada persona: la religión, el deber…

En las sociedades, hay unos valores que son la base de la misma. Dada la existencia de diversidad de morales y éticas en la actualidad, los legisladores se preocupan por tener unos valores comunes y básicos para integrar a todo el mundo que pertenece a esa sociedad sin que predomine una moral u otra.

2-     Indique la relación que pueda existir entre este Código y el Estatuto Básico del empleado Público.

El Estatuto regula la situación de los empleados públicos en su relación con la Administración (salarios, vacaciones, condiciones, derechos….). Mientras que el Código indica las obligaciones de los mismos en sus funciones.

La relación entre ambos es necesaria, complementaria y no excluyente. Porque el Estatuto regula la mera relación “laboral” y el Código regula la parte ética de la relación laboral, lo que hace necesaria la existencia de Código, que compone y ayuda a la labor del trabajador en sus funciones, más aun en esta clase de trabajos, en los que hay en juego derechos y libertades de personas en prisión, que están en condiciones especiales de restricción de sus derechos por cometer delitos.

3-     ¿La dignidad humana pertenece al ámbito de la Moral o del Derecho? Razone la respuesta.

La dignidad humana pertenece al Derecho, porque es un derecho fundamental. Implica respeto hacia una persona. Una persona tiene derecho a ser tratada con el mismo y sin ser humillada sin razón aparente en una sociedad. La dignidad humana aparece al convivir en una sociedad, donde la base es el respeto hacia los demás y ahí es donde aparece la dignidad como derivación de ese respeto en un paso más.

La moral, por el contrario, es tener un conjunto de valores y conductas a aplicar en la vida y en la búsqueda de la opción fundamental, lo que no tiene nada que ver con la dignidad humana, lo cual es respetar a los demás. Se puede basar la dignidad en la moral por las concepciones religiosas, pero analizando la moral, ésta aparece como un código de conducta para poner un orden social en la convivencia social en una época donde no había imperio de la ley como en la actual (recordemos que el imperio de la ley se impuso hace un siglo y que hasta entonces la religión era la base de la sociedad).

4-     ¿Cree Vd. que este artículo compagina derechos y deberes? Explíquelo.

Mi respuesta es que sí. Porque el texto del artículo 5 del Código Deontológico del personal penitenciario impone el deber de respetar la dignidad humana de los presos por parte de ese personal. Y que su actividad se enmarque con las garantías y dentro de los limites estipulados en el ordenamiento jurídico (Constitución y demás leyes que les sean de aplicación), por lo que, a parte de deberes, también se les reconocen aquellos derechos fundamentales a los trabajadores penitenciarios y que les sean de aplicación por su situación laboral.

Como complementación, debo indicar que los códigos deontológicos son acuerdos de trabajadores de un sector concreto, más concretamente una profesión, para la mejora de las consecuencias derivadas de su trabajo y que exista un criterio de profesionalidad en la adecuada realización del mismo. Como su mismo nombre indica, los códigos deontológicos imponen deberes.

5-     Relacione el presente texto con algún punto del programa de esta asignatura y coméntelo.

Relaciono este texto con el tema 11 del programa, en el cual se explica qué es la deontología y algunos de los códigos deontológicos como ejemplo (de la abogacía, de la procura…). Yo quiero hacer referencia especial a  los principios comunes y básicos a todas las profesiones (beneficencia, no maleficencia, justicia…). Los considero importantes, porque a pesar de que algunas no tienen un código deontológica por no necesitarlo de forma expresa, todas deben tener cierto criterio ético para ejercer en una sociedad social, con valores y justa. Lo que no quita que ciertas profesiones tengan más exigencias “morales” que las demás por incidir en temas tan personales como las libertades y los derechos fundamentales en el caso de los abogados, la vida y la integridad física y mental en los médicos…

NOTA: extensión máxima 5 páginas, en Arial 12, espacio interlineal de 1,5 y las sangrías superior, inferior y laterales las que vienen por defecto en los procesadores de texto.
Cada cuestión se valorará hasta un total de 0,60 puntos.

La calificación se realizará sobre 3 puntos.

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