lunes, 26 de septiembre de 2016

Practicas contencioso-administrativa: TEMA 7 LA EXPROPIACIÓN FORZOSA

Programa 


1. La declaración de utilidad pública o interés social y su control.

2. El procedimiento expropiatorio

2.1 La declaración de la necesidad de ocupación y su control.
2.2 El procedimiento para la determinación del justiprecio y su control.
2.3 El pago y la ocupación

3. Las expropiaciones urgentes y su control.

4. La responsabilidad por demora.

5. El derecho de reversión.

Casos 

Caso (7.1) 

El Ayuntamiento de un pequeño municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura ha iniciado un expediente de expropiación destinado a la construcción de un polideportivo municipal. Uno de los vecinos afectados por la expropiación, acude a Vd. indignado porque la Administración le ha notificado una hoja de aprecio en la que se valora una finca de su propiedad, que ha pertenecido a su familia desde tiempo inmemorial, en una cantidad irrisoria. El vecino, que es el panadero del pueblo, y que no tiene conocimientos jurídicos, está decidido a recurrir la hoja de aprecio directamente ante los tribunales. ¿Es esto posible?

Autoevaluación 

1. De acuerdo una interpretación de lo dispuesto en la Ley de Expropiación Forzosa de conformidad con la Constitución: 

  • a. El acuerdo de necesidad de ocupación sólo es recurrible en vía administrativa, pero no en vía contencioso-administrativa 
  • b. El acuerdo de necesidad de ocupación es recurrible en vía administrativa y posteriormente en vía contencioso-administrativa 
  • c. El acuerdo de necesidad de ocupación no es recurrible de manera independiente, ya que es la resolución que inicia el expediente expropiatorio. 


2. De acuerdo con la Ley de Expropiación Forzosa, la resolución del Jurado Provincial de Expropiación por la que se determina el justiprecio 

  • a. Es recurrible en vía contencioso-administrativa 
  • b. No es recurrible en vía contencioso-administrativa, sólo administrativa 
  • c. No es recurrible de manera independiente, ya que sólo es la resolución que pone fin a una de las piezas del procedimiento expropiatorio

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