viernes, 25 de noviembre de 2016

Economía del sector público: tema 9 La imposición indirecta

9.1. La imposición indirecta. Introducción

Se estudia la imposición indirecta y se analizan los aspectos más relevantes de la imposición sobre ventas.


9.2. Justificación y modelos de imposición indirecta

La imposición indirecta tiene una larga tradición histórica.
Recae sobre el consumo realizado por los contribuyentes sin tener en cuenta la situación personal de los mismos.
Son impuestos generales de carácter real.

9.3. La elección entre impuestos indirectos generales

A la hora de decidir entre las diversas posibilidades que se acaban de describir, un elemento fundamental es su grado de cumplimiento de los distintos principios tributarios.
El cumplimiento del principio de neutralidad en lo que se refiere a la elección entre las diversas posibilidades que ofrece la imposición general sobre el consumo tiene un matiz distinto al empleado en otras ocasiones.
Es deseable, en este contexto, que el precio finalmente cargado al consumidor no sea superior a la recaudación prevista por el sector público y que se elimine, así cualquier incentivo para que las empresas empleen formas de integración vertical.
Sin embargo, dependiendo del diseño que se haga de la imposición indirecta, es posible que tal cosa ocurra, debido a dos efectos diversos, conocidos como efecto piramidación y efecto cascada.

9.4. Sistemas alternativos en el diseño del IVA

Haremos referencia tan sólo a los sistemas alternativos que pudieron haberse utilizado.
Este tributo recae sobre el valor añadido por cada empresa en el proceso productivo.
Ahora bien, existen dos procedimientos para calcular el valor añadido:
  1. Sumar las remuneraciones a los distintos factores de producción (sueldos y salarios, alquileres, intereses y beneficios), tal y como se hace para obtener la Renta Nacional, y en este caso, tenemos un cálculo del valor añadido por el método de la adición.
  2. Por otro, el cálculo de esta magnitud puede obtenerse restando de la producción de la empresa, se haya vendido o no, las compras a otras empresas, este es el procedimiento que se emplea para calcular el Producto Nacional y se conoce como método de la sustracción.

9.5. Los impuestos especiales


Las figuras tributarias que se encuentran reguladas en la Ley de Impuestos Especiales las podemos identificar del modo siguiente:
  1. Como un impuesto monofásico sobre los fabricantes en los casos siguientes.
    • Los impuestos sobre bebidas alcohólicas (cerveza, vinos, alcohol…)
    • El impuesto sobre hidrocarburos
    • El impuesto sobre las labores del tabaco
    • El impuesto sobre la electricidad.
  2. Como un impuesto monofásico en fase minorista en el caso del impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

9.6. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales

La pervivencia de este tributo está relacionada con su origen histórico, en el que las transmisiones patrimoniales tenían que ser sometidas a actos de registro para garantizar la seguridad del tráfico, con aspectos de ilusión financiera, pues dada la escasa cuantía de los tipos impositivos el contribuyente no percibe excesivamente el valor del impuesto y con su capacidad recaudatoria que obligaría al sector público a un incremento en otros tributos para compensar la recaudación perdida si se renunciase a este ingreso.
Otros argumentos teóricos apuntan a la posible aplicación del criterio del beneficio, a cambio de la seguridad en el tráfico económico garantizada por el sector público debe satisfacerse este tipo de impuestos, y sobre todo a su carácter de complementario de la imposición indirecta, para gravar las ventas entre particulares que no se someten a los impuestos generales como el Impuesto sobre el Valor Añadido.

9.7. Efectos económicos de la imposición indirecta

Hemos descrito algunos de los efectos económicos de la imposición indirecta sobre el ahorro.
Se ha analizado la neutralidad del IVA frente a modelos alternativos de imposición general sobre las ventas.
Por lo que nos referiremos tan sólo a los efectos de esta figura tributaria que pueden afectar al volumen de inversión privada.

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